LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS (IEPS) 2014
ALUMNO: OREA GARCIA AURELIANO RICARDO
GRUPO: 253
MATRICULA:1201544
La Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS), decide mantener la carga fiscal vigente a la enajenación e importación de las bebidas alcohólicas y cerveza con una graduación alcohólica de hasta 14º G.L., sería del 26.5%, y tratándose de bebidas alcohólicas y cerveza con una graduación alcohólica mayor de 20º G.L., la tasa que les correspondería sería del 53%.
A tabacos labrados hechos a mano se aplicará una tasa preferencial de IEPS del 30.4 %, frente a la tasa aplicable a otros tabacos labrados que es de 160 %.
Se gravan las importaciones temporales IMMEX, depósito fiscal automotriz, recinto fiscalizado y recinto fiscalizado estratégico.
Aplica IEPS de un peso por litro a las bebidas saborizadas, así como a los concentrados, polvos, jarabes, esencias o extractos de sabores, que al diluirse permitan obtener bebidas saborizadas, que contengan cualquier tipo de azúcares añadidas. Se aplica impuesto a las comidas chatarra para inhibir su consumo a fin de combatir la obesidad y sobrepeso entre la población y establecen los impuestos ambientales a la enajenación e importación de combustibles fósiles y de plaguicidas.
Se reforma la característica del impuesto a las gasolinas destinado a las entidades federativas a fin de mejorar los mecanismos establecidos para que las entidades federativas cuenten con los recursos de dicho impuesto al igual que a los municipios y demarcaciones territoriales, sin alterar las cuotas establecidas desde 2008.
La Ley Federal de Derechos, ajusta la redacción del derecho por servicios migratorios, a efecto de que las líneas áreas recauden el derecho a cualquier pasajero cuando abandona el territorio nacional. Permite la disminución de los medidores de agua. Se incorpora la facilidad de que la Conagua publique en septiembre las zonas de disponibilidad preliminares para efectos del derecho.
Ajusta los montos de los derechos por el uso del espectro radioeléctrico respecto a las bandas de frecuencia de 700 megahertz. Flexibiliza el régimen de gas grisú; permite la disminución de las inversiones en exploración y la acreditación del derecho predial minero contra el derecho especial sobre minería.
También incluye a las entidades federativas mineras a efecto de beneficiarlas con la aplicación de los recursos que integrarán el Fondo para el Desarrollo Regional Sustentable, derivado de los nuevos derechos mineros. Ajusta la distribución de los nuevos derechos mineros para quedar: 40 por ciento al gobierno federal, 30 por ciento a entidades federativas y 30 por ciento a municipios mineros.
Mi opinión:
Mencionando el tema del alcohol, nos daremos cuenta que el país tiene impactos sociales muy negativos en la venta de vinos y licores sin mencionar la corrupción y los diversos problemas que envuelven ese medio, lo mas viable para mi es dar por aceptado la modificación de dicho impuesto, ya que este se recompensara en el fomento de buena salud.
Fuente:
http://www.oem.com.mx/laprensa/notas/n3161800.htm
0 comentarios